Los estrategas del crimen y sus instrumentos: El autor detrás del autor en el Derecho Penal de América Latina
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En la Conferencia internacional “Los estrategas del crimen y sus instrumentos: el autor detrás del autor en el Derecho Penal de América Latina” (del 05 al 07 de octubre de 2010) participarán expertos en Derecho Penal de Colombia, Alemania, Argentina, Brasil, Costa Rica, Chile, México, Perú, Uruguay y Venezuela. Intervendrán en la Conferencia, además de reputados académicos y jóvenes estudiosos de toda Colombia, el Poder Judicial, los representantes de la Fiscalía General de la Nación y los de la Procuraduría General de la Nación.
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El simposio internacional es organizado, conjuntamente, por el Departamento de Derecho Penal de la Escuela de Derecho de la Universidad Sergio Arboleda, de Bogotá, Colombia; el Instituto Max Planck para el Derecho Penal Extranjero e Internacional, de Friburgo de Brisgovia, Alemania, y el Proyecto ProFis. La Conferencia es patrocinada por la Fundación Alexander von Humboldt (AvH), de Bonn, Alemania; la Deutscher Akademischer Austausch Dienst (Servicio Alemán de Intercambio Académico, DAAD) de Bonn, Alemania, y la “Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit” (Cooperación Técnica Alemana, GTZ), de Eschborn, Alemania.
Para el DAAD (Servicio Alemán de Intercambio Académico) es un orgullo poder brindar su apoyo en este interesante evento.
Para el DAAD (Servicio Alemán de Intercambio Académico) es un orgullo poder brindar su apoyo en este interesante evento.
¿De qué manera puede uno tener “las manos manchadas” sin ensuciarse sus propios dedos? Así se podría describir, de una forma un poco provocadora, el asunto de fondo que va a ser discutido en esta Conferencia internacional, a saber: posibilidades y límites de la imputación jurídico-penal de hechos planificados conforme a un régimen de división del trabajo, que son dirigidos por “hombres de atrás” bien alejados del hecho material, pertenecientes a una estructura organizacional compleja. El problema radica en que el modo de proceder propio de la división de trabajo, en el marco de una estructura organizativa criminal compleja con jerarquías parcialmente diferentes, puede conducir a numerosos problemas de imputación y de prueba.
¿Debe claudicar la justicia porque, en relación con los “hombres de atrás” en esta clase de hechos, no sea posible probar el dolo o conductas de instigación, o porque no se pueda determinar quién de los participantes en la estructura organizativa es el responsable de un suceso concreto? Los organizadores (hombres de atrás) ¿deben ser castigados con una pena menor por no haber cometido el hecho de propia mano? Preguntas como estas se plantean tanto en la persecución de violaciones a los derechos humanos y de crímenes de guerra, como en la persecución de la delincuencia organizada y del terrorismo. Estas cuestiones conforman el tema de la Conferencia internacional en Bogotá.
¿Debe claudicar la justicia porque, en relación con los “hombres de atrás” en esta clase de hechos, no sea posible probar el dolo o conductas de instigación, o porque no se pueda determinar quién de los participantes en la estructura organizativa es el responsable de un suceso concreto? Los organizadores (hombres de atrás) ¿deben ser castigados con una pena menor por no haber cometido el hecho de propia mano? Preguntas como estas se plantean tanto en la persecución de violaciones a los derechos humanos y de crímenes de guerra, como en la persecución de la delincuencia organizada y del terrorismo. Estas cuestiones conforman el tema de la Conferencia internacional en Bogotá.
El tema de la Conferencia internacional constituye una de las cuestiones fundamentales de la política criminal y de la ciencia del Derecho penal, y será debatido mediante el intercambio de ideas entre expertos de la ciencia y de la praxis de Colombia, de otros ordenamientos jurídicos latinoamericanos y de Alemania. En general, se plantea la cuestión de comprender cómo los sistemas jurídicos de América Latina conciben y clasifican lo relativo a la cooperación punible de personas en diferentes grupos, en especial en relación con aquellas de más alto rango, que controlan desde las sombras lo que sucede y que no participan directamente en el hecho cometido por sus instrumentos.
En lo fundamental se plantean dos cuestiones: la primera consiste en precisar en qué medida pueden ser castigados quienes conducen el suceso en virtud de su rol de liderazgo; y la segunda, en determinar con qué herramientas jurídicas y dentro de qué límites puede imputarse a otros elementos objetivos y subjetivos, del hecho y de la autoría, correspondientes a aquellos que por sí mismos los realizaron. Con esta cuestión la Conferencia pone su atención en un problema que, tanto desde el punto de vista de la práctica como desde el de la política criminal, es de gran actualidad. Esto es válido tanto para el tratamiento jurídico-penal del conflicto en Colombia (véase la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia del 23 de febrero 2009, radicado 29.418, magistrada ponente: María del Rosario González de Lemos) como para América Latina en su conjunto (véase la novedosa decisión de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, Sala Penal Especial, Exp. Nº AV 19-2001 [acumulado], Sentencia del 7 de abril 2009 en los casos Casos Barrios Altos, La Cantuta y sótanos SIE; confirmada por Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, Primera Sala Penal Transitoria, Exp. No.19-2001-09 AV, Sentencia del 30 de diciembre 2009). Por esta razón, cabe esperar que los resultados de la Conferencia tengan una influencia significativa en la evolución jurídica de Colombia y de América Latina en general.
Como objetivo científico se pretende encontrar un modelo latinoamericano de participación criminal, para la imputación de hechos punibles cometidos conforme a un régimen de división de trabajo en el marco de estructuras organizacionales complejas. En tal sentido, la Conferencia plantea como tesis que todos los sistemas jurídico penales de América Latina, que se analizan en el contexto de la Conferencia internacional, han desarrollado modelos de participación criminal similares para este problema de imputación. Con este fin, han sido elegidos nueve países muy representativos: Argentina, Brasil, Costa Rica, Chile, Colombia, México, Perú, Uruguay y Venezuela.
En lo fundamental se plantean dos cuestiones: la primera consiste en precisar en qué medida pueden ser castigados quienes conducen el suceso en virtud de su rol de liderazgo; y la segunda, en determinar con qué herramientas jurídicas y dentro de qué límites puede imputarse a otros elementos objetivos y subjetivos, del hecho y de la autoría, correspondientes a aquellos que por sí mismos los realizaron. Con esta cuestión la Conferencia pone su atención en un problema que, tanto desde el punto de vista de la práctica como desde el de la política criminal, es de gran actualidad. Esto es válido tanto para el tratamiento jurídico-penal del conflicto en Colombia (véase la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia del 23 de febrero 2009, radicado 29.418, magistrada ponente: María del Rosario González de Lemos) como para América Latina en su conjunto (véase la novedosa decisión de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, Sala Penal Especial, Exp. Nº AV 19-2001 [acumulado], Sentencia del 7 de abril 2009 en los casos Casos Barrios Altos, La Cantuta y sótanos SIE; confirmada por Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, Primera Sala Penal Transitoria, Exp. No.19-2001-09 AV, Sentencia del 30 de diciembre 2009). Por esta razón, cabe esperar que los resultados de la Conferencia tengan una influencia significativa en la evolución jurídica de Colombia y de América Latina en general.
Como objetivo científico se pretende encontrar un modelo latinoamericano de participación criminal, para la imputación de hechos punibles cometidos conforme a un régimen de división de trabajo en el marco de estructuras organizacionales complejas. En tal sentido, la Conferencia plantea como tesis que todos los sistemas jurídico penales de América Latina, que se analizan en el contexto de la Conferencia internacional, han desarrollado modelos de participación criminal similares para este problema de imputación. Con este fin, han sido elegidos nueve países muy representativos: Argentina, Brasil, Costa Rica, Chile, Colombia, México, Perú, Uruguay y Venezuela.
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